La autenticación de una copia es un procedimiento mediante el cual el cónsul da fe de que la fotocopia que se le presentó coincide en todas sus partes con el documento original que ha tenido a la vista, como se encuentra consagrado en el artículo 74 del decreto 960 de 1970 que dispone: “podrá autenticarse una copia mecánica o una literal de un documento, siempre que aquella corresponda exactamente al original que se tenga a la vista o que esta comprenda la integridad del documento exhibido y lo reproduzca con entera fidelidad”.
Es diferente de una apostilla, la cual es la certificación de la autenticidad de la firma de un servidor público en ejercicio de sus funciones y la calidad en que el signatario haya actuado, la cual deberá estar registrada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, para que el documento surta plenos efectos legales en un país parte del Convenio sobre la Abolición del Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, de la Conferencia de La Haya de 1961.
Requisitos:
Por favor, lea detenidamente los requisitos necesarios para realizar el trámite. La falta o el olvido de alguno de ellos impedirá continuar con el proceso.
• Para colombianos, traer su cédula de ciudadanía original o pasaporte vigente. Para extranjeros, traer su pasaporte vigente. (No se aceptan copias).
• Traer los documentos originales a autenticar y una fotocopia de cada uno.
Valor: El costo de este trámite es de RMB 131.
