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Consulado de Colombia en Guangzhou

Permiso de Salida de Menor en Guangzhou


La ley colombiana y la institución nacional de control migratorio (Migración Colombia) exigen un PERMISO DE SALIDA DE MENOR, en estos dos casos:

•    Cuando un menor es colombiano y va a salir de las fronteras de Colombia. Si el niño/a es colombiano/a, debe tener registro de nacimiento colombiano expedido. 

•    Cuando un menor es extranjero, pero reside permanentemente en Colombia y va a salir de las fronteras colombianas. Estos deben tener cédula de extranjería de nuestro país. 

Esto se hace para evitar la sustracción o el secuestro internacional de menores y garantizar que todo niño, joven o adolescente, cuente con el consentimiento de sus dos padres al abordar vuelos, barcos o buses internacionales que salen de nuestro país. El permiso se otorga en Notarías (si se encuentra en Colombia), o en Consulados (si se encuentra en el exterior), lo firma el padre o madre que no acompañe al menor durante el viaje, y lo controla Migración Colombia. Si se hace en Consulados, el permiso se expide presencialmente y en una versión que es 100% verificable y descargable por medios electrónicos tanto por parte del usuario, como por parte de las autoridades. Por ello, no hay que mandarlo en original hacia Colombia.

Recomendamos otorgarlo dentro del mes anterior a la salida de Colombia y cuando se tengan claras fechas e itinerarios.  El permiso es para salir de Colombia, no para entrar a Colombia.  Si hay conflicto entre padres por la firma del permiso, la parte afectada debe consultar su caso con el ICBF.

Requisitos: Por favor, lea detenidamente los requisitos necesarios para realizar el trámite. La falta o el olvido de alguno de ellos impedirá continuar con el proceso. 

  • Nombre completo del menor de edad y número de identidad.
  • Lugar de destino
  • Propósito del viaje
  • Fecha de salida y regreso al país
  • Nombres, apellidos y número del documento de identificación de quien va a viajar con el menor de edad.
  • Presentar una copia del registro civil de nacimiento del menor de edad. En caso de que el menor haya tramitado su pasaporte con la Tarjeta de Identidad, deberá presentar también la copia de la Tarjeta de Identidad.
  • Presentar Copia del pasaporte del menor de edad.
  • Presentar la cédula de ciudadanía en formato vigente o pasaporte. En caso de tener contraseña presentar comprobante de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía en trámite (contraseña), con la consulta en línea de la fecha de expedición del documento, que se puede descargar a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Si el padre o la madre es extranjero deberá presentar pasaporte vigente.

Una vez diligenciado el Permiso de Salida, se le entregará el documento en físico, el cual deberá enviar posteriormente por correo electrónico a la persona que viajará con el menor.

Ese mismo documento podrá ser visualizado por Migración Colombia en pantalla en los aeropuertos del país al momento del embarque.

Valor: El costo de este trámite es de RMB 95.

Aviso importante para solicitantes de trámites consulares

Todos los documentos necesarios para su trámite deben ser presentados en formato impreso por el interesado.

El consulado NO imprime documentos.

No contamos con servicio de impresión para el público ni para completar expedientes incompletos. Si usted llega sin sus documentos impresos, no podrá realizar su trámite hasta que los presente en físico.
 

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